





EDITORIAL Diario "La Republica " 27 de marzo 2009 Montevideo – URUGUAY
La renuencia de los canales de aire privados de emitir un corto publicitario en el que aparecen homosexuales (varones y mujeres) y travestis besándose como lo hacen las parejas heterosexuales volvió a poner sobre el tapete un par de asuntos aún sin resolver: por un lado, la pacatería que prevalece como resabio medieval en ciertos sectores sociales; y por otro, el poder de que disponen en nuestro país los grandes medios masivos de comunicación audiovisual en manos de particulares.
Después de los movimientos del 68, de la liberación femenina, del destape después de la dictadura (hace más de veinte años), de los cambios profundos en la sociedad que dejó de censurar las relaciones sexuales premaritales y que ha ido aceptando las opciones sexuales distintas, cuesta creer que una pieza publicitaria que muestra besos entre gente del mismo sexo pueda suscitar una tan fuerte fobia como para que algún gerente pacato se niegue a emitirla. Este hecho debe operar como un toque de atención pues demuestra que nuestra sociedad no ha derribado aún todos los tabúes victorianos; claro, hay que comprender que veinte siglos de moral judeo-cristiana condenando la sexualidad no se olvidan tan fácilmente.
Al mismo tiempo, el hecho viene a justificar la tarea militante de los colectivos de homosexuales y lesbianas, muchas veces vista como excesiva o innecesaria. Evidentemente, esos colectivos deben redoblar esfuerzos pues falta mucho aún para echar definitivamente por tierra prejuicios y discriminació n; al negarse a emitir el spot contra la discriminació n, los canales están discriminando. Decimos esto porque esa reivindicació n pública de la condición de homosexual, a la que son proclives las asociaciones que nuclean a quienes han optado por una sexualidad diferente, ha merecido comentarios si no adversos, sí un tanto irónicos. Sin embargo, hay que ver esos posibles desbordes que muchas veces resultan chocantes para la sensibilidad media, como la respuesta a la marginación, a la discriminació n, al escarnio a que han sido sometidas desde hace siglos las personas con inclinaciones sexuales diferentes a las de la mayoría.
Ahora bien, dicho esto, analicemos un poco la otra faceta que ofrece el asunto. En primer lugar, conviene no perder de vista que las emisoras privadas de radio y televisión están usufructuando ondas cuyo propietario es el Estado, el cual las ha otorgado en concesión a particulares. Y si el gobierno no tuvo reparos ni objeciones que formular al material publicitario, y por ende el canal estatal no tuvo problemas para emitir el spot del colectivo Ovejas Negras, no es admisible que los canales privados se arroguen la potestad de erigirse en celosos guardianes y en catones trasnochados. Resulta paradójico y casi risible que los canales privados se conviertan en cancerberos de la moral pública cuando no tienen reparos en emitir enlatados del peor gusto, programas que promueven antivalores y ensalzan prototipos humanos execrables. En el reino de la mediocridad y la tilinguería salpicadas de procacidad y pornografía, se aducen con total hipocresía razones morales o de pautas estéticas para rechazar el spot.
Los canales privados, que salvo raras y honrosas excepciones jamás se preocuparon por otra cosa que no fuera el lucro sin importarles un ápice la calidad, el nivel o los valores de un programa, no tienen autoridad para juzgar lo que sea, y menos un corto publicitario. Parece inevitable recordar la censura de que fue objeto el corto a favor del voto verde en la campaña por la derogación de la Ley de Caducidad en 1988, en el que Sara Méndez pedía ayuda para encontrar a Simón.
20 años después de aquel episodio de censura, ha quedado demostrado, una vez más, que la televisión privada en Uruguay es fiel representante de las clases conservadoras.
DISCRIMINACIÓN Y LEY
¿Qué es la discriminación?El artículo 2 de la ley 17.817 entiende por “discriminación toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”.¿La ley uruguaya castiga la discriminación por orientación sexual e identidad de género?Sí. El art. 149 ter del Código Penal castiga con penas de 6 a 24 meses de prisión a quien cometa “actos de violencia moral o física de odio o de desprecio contra una o más personas en razón de ... (su) orientación sexual o identidad sexual”. Asimismo, el art. 149 bis del Código Penal castiga con penas de 3 a 18 meses de prisión a quien “públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón de... (su) orientación sexual o identidad sexual.”¿Qué significa esto en la vida cotidiana? Algunos ejemplos posibles de discriminación:Educación – si tú destratás o insultás a un compañero por su orientación sexual; si a una alumna travesti no se le permite asistir a clase con la ropa que ella quiera ponerse; si a una profesora que se declara lesbiana sus alumnos la agreden verbalmente o físicamente por el solo hecho de ser homosexual.Trabajo – si te dicen que no podés realizar tu tarea porque sos lesbiana u homosexual; si tus compañeros de trabajo no quieren que hables de tu relación con tu pareja; si no te otorgan el ascenso que te corresponde porque sos gay; si te despiden porque no querés aparentar ser heterosexual y asumís con naturalidad tu orientación sexual; si una empresa otorga prestaciones sociales a las parejas de sus empleados heterosexuales pero no a las parejas de los empleados homosexuales.Lugares públicos – si vas por la calle de la mano con tu pareja y te insultan por esa demostración de afecto; si te besás en un restorán y el mozo te pide que dejes de hacerlo; si estás en un parque y te miran con cara de desprecio porque estás abrazada a tu novia. Medios de comunicación - si un canal de televisión no te contrata como conductor para un programa de entretenimientos porque te perciben como visiblemente homosexual; si un diario califica a la homosexualidad como enfermedad; si un canal no te pasa un aviso contra la discriminación porque aparecen besos de parejas homosexuales; si en un programa religioso se dice que la homosexualidad es maligna o va en contra de la familia.
La renuencia de los canales de aire privados de emitir un corto publicitario en el que aparecen homosexuales (varones y mujeres) y travestis besándose como lo hacen las parejas heterosexuales volvió a poner sobre el tapete un par de asuntos aún sin resolver: por un lado, la pacatería que prevalece como resabio medieval en ciertos sectores sociales; y por otro, el poder de que disponen en nuestro país los grandes medios masivos de comunicación audiovisual en manos de particulares.
Después de los movimientos del 68, de la liberación femenina, del destape después de la dictadura (hace más de veinte años), de los cambios profundos en la sociedad que dejó de censurar las relaciones sexuales premaritales y que ha ido aceptando las opciones sexuales distintas, cuesta creer que una pieza publicitaria que muestra besos entre gente del mismo sexo pueda suscitar una tan fuerte fobia como para que algún gerente pacato se niegue a emitirla. Este hecho debe operar como un toque de atención pues demuestra que nuestra sociedad no ha derribado aún todos los tabúes victorianos; claro, hay que comprender que veinte siglos de moral judeo-cristiana condenando la sexualidad no se olvidan tan fácilmente.
Al mismo tiempo, el hecho viene a justificar la tarea militante de los colectivos de homosexuales y lesbianas, muchas veces vista como excesiva o innecesaria. Evidentemente, esos colectivos deben redoblar esfuerzos pues falta mucho aún para echar definitivamente por tierra prejuicios y discriminació n; al negarse a emitir el spot contra la discriminació n, los canales están discriminando. Decimos esto porque esa reivindicació n pública de la condición de homosexual, a la que son proclives las asociaciones que nuclean a quienes han optado por una sexualidad diferente, ha merecido comentarios si no adversos, sí un tanto irónicos. Sin embargo, hay que ver esos posibles desbordes que muchas veces resultan chocantes para la sensibilidad media, como la respuesta a la marginación, a la discriminació n, al escarnio a que han sido sometidas desde hace siglos las personas con inclinaciones sexuales diferentes a las de la mayoría.
Ahora bien, dicho esto, analicemos un poco la otra faceta que ofrece el asunto. En primer lugar, conviene no perder de vista que las emisoras privadas de radio y televisión están usufructuando ondas cuyo propietario es el Estado, el cual las ha otorgado en concesión a particulares. Y si el gobierno no tuvo reparos ni objeciones que formular al material publicitario, y por ende el canal estatal no tuvo problemas para emitir el spot del colectivo Ovejas Negras, no es admisible que los canales privados se arroguen la potestad de erigirse en celosos guardianes y en catones trasnochados. Resulta paradójico y casi risible que los canales privados se conviertan en cancerberos de la moral pública cuando no tienen reparos en emitir enlatados del peor gusto, programas que promueven antivalores y ensalzan prototipos humanos execrables. En el reino de la mediocridad y la tilinguería salpicadas de procacidad y pornografía, se aducen con total hipocresía razones morales o de pautas estéticas para rechazar el spot.
Los canales privados, que salvo raras y honrosas excepciones jamás se preocuparon por otra cosa que no fuera el lucro sin importarles un ápice la calidad, el nivel o los valores de un programa, no tienen autoridad para juzgar lo que sea, y menos un corto publicitario. Parece inevitable recordar la censura de que fue objeto el corto a favor del voto verde en la campaña por la derogación de la Ley de Caducidad en 1988, en el que Sara Méndez pedía ayuda para encontrar a Simón.
20 años después de aquel episodio de censura, ha quedado demostrado, una vez más, que la televisión privada en Uruguay es fiel representante de las clases conservadoras.
DISCRIMINACIÓN Y LEY
¿Qué es la discriminación?El artículo 2 de la ley 17.817 entiende por “discriminación toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”.¿La ley uruguaya castiga la discriminación por orientación sexual e identidad de género?Sí. El art. 149 ter del Código Penal castiga con penas de 6 a 24 meses de prisión a quien cometa “actos de violencia moral o física de odio o de desprecio contra una o más personas en razón de ... (su) orientación sexual o identidad sexual”. Asimismo, el art. 149 bis del Código Penal castiga con penas de 3 a 18 meses de prisión a quien “públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón de... (su) orientación sexual o identidad sexual.”¿Qué significa esto en la vida cotidiana? Algunos ejemplos posibles de discriminación:Educación – si tú destratás o insultás a un compañero por su orientación sexual; si a una alumna travesti no se le permite asistir a clase con la ropa que ella quiera ponerse; si a una profesora que se declara lesbiana sus alumnos la agreden verbalmente o físicamente por el solo hecho de ser homosexual.Trabajo – si te dicen que no podés realizar tu tarea porque sos lesbiana u homosexual; si tus compañeros de trabajo no quieren que hables de tu relación con tu pareja; si no te otorgan el ascenso que te corresponde porque sos gay; si te despiden porque no querés aparentar ser heterosexual y asumís con naturalidad tu orientación sexual; si una empresa otorga prestaciones sociales a las parejas de sus empleados heterosexuales pero no a las parejas de los empleados homosexuales.Lugares públicos – si vas por la calle de la mano con tu pareja y te insultan por esa demostración de afecto; si te besás en un restorán y el mozo te pide que dejes de hacerlo; si estás en un parque y te miran con cara de desprecio porque estás abrazada a tu novia. Medios de comunicación - si un canal de televisión no te contrata como conductor para un programa de entretenimientos porque te perciben como visiblemente homosexual; si un diario califica a la homosexualidad como enfermedad; si un canal no te pasa un aviso contra la discriminación porque aparecen besos de parejas homosexuales; si en un programa religioso se dice que la homosexualidad es maligna o va en contra de la familia.
Colectivo Ovejas Negras
Tomado de:
http://www.ovejasnegras.org/
http://www.ovejasnegras.org/
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