Las definiciones existente en relación a lo que es el matrimonio, en general, se relacionan con la unión de un hombre y una mujer.
Por: Jovanny Espino
Activista Independiente LGBT
y Miembro de la Coalición de Activismo LGBT Dominicano
Santo Domingo, Republica Dominicana
4 de febrero 2016
La constitución de la República Dominicana, en
su artículo 5, Fundamento de la Constitución, destaca que la constitución se fundamentada
en el respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la nación,
patria común de todos los dominicanos y dominicanas.
Sin mucho preámbulo, voy a intentar reflexionar
sobre el matrimonio en parejas del mismo sexo. sobre este tema ya muchos/as han hablado. Hoy intentaré hacerlo
a raíz de los comentarios expuestos tanto por el presidente de la Cámara de
diputados, Abel Martínez Durán y de Pelegrin Castillo, candidato presidencial
por el partido Fuerza Nacional Progresista, FNP.
Aunque aparentemente algunos/as lo olvidan, las
personas LGBT, en la República Dominicana, vivimos en un marco de derechos y
libertades donde nos podemos expresar tal y como somos, sin miedo a que se nos
coarte. En eso se basa el Estado Social y Democrático de Derecho con una
Constitución garantista de derechos y libertades tal y como lo es nuestra
Constitución; la cual reza que todos/as somos iguales y que merecemos un trato
igualitario. Si partimos de lo anterior, cabe destacar que conforme a
nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, podemos las personas LGBT
solicitar el reconocimiento legal del matrimonio de personas del mismo sexo.
Hay fundamentos constitucionales que sostienen
la constitucionalidad de éste, como son artículo 38 que destaca la dignidad
humana. El artículo 43 que nos habla sobre
el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Los artículos 44 y 55 que nos hablan sobre protección a la vida
privada y familiar y el 39 que nos habla sobre la igualdad y la prohibición de
discriminación.
Si partimos de lo anterior, podemos afirmar
que todas las personas sin distinción, ni discriminación se pueden casar,
pues el matrimonio civil se encuentra garantizado por la constitución... si
existe alguna contradicción en ese sentido, el estado mismo está llamado a
corregirla. y esta corrección debe ser
de beneficio para todos los ciudadanos y las ciudadanas. Los derechos son para todas las personas, no
son, ni deben ser exclusivo de un determinado grupo social.
Es prudente destacar que la interpretación
constitucional debe hacerse acorde a los principios fundamentales de la
misma, o sea que sus mandatos no deben sacarse de contexto ni debe ser interpretada
por sí sola; por tanto todas las disposiciones de la Constitución deben ser
interpretadas de modo que éstas sean compatibles con los principios
fundamentales de ella. Así de sencillo.
Por lo tanto, si nos referimos al artículo 55 de la constitución que consagra el derecho a contraer matrimonio, debe interpretarse y analizarse acorde a los principios de igualdad, libertad y dignidad humana que plasma tanto el preámbulo de la Carta Magna, así como los artículos 7, 8, 38, 39 y 43 de la misma. Y es que la orientación sexual es parte de la identidad de cada ser humano, por lo que limitar o pretender limitar a una persona del libre ejercicio de este elemento que forma parte de su identidad como ser humano, en los diversos ámbitos de su existencia dentro de lo cual se encuentra su vida privada, la realización de su plan de vida como individuo y consecuentemente su vida en pareja, bajo el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es una vulneración de su dignidad humana, y a la vez una discriminación como individuo. o sea que.......?
Es comprensible, al menos para mí, que los grupos
religiosos puedan tener el derecho de
sus visiones e ideales que están
relacionadas con sus creencias. Esto es totalmente comprensible.... Dentro de
sus normas, estos grupos religiosos, pueden exigir ciertas conductas o códigos
de conductas a sus fieles/seguidores. Estos grupos pueden estar en contra del
matrimonio en personas del mismo sexo por sus creencias, desde mi punto de
vista, homo/lesbo/bi/transfobico, pero democrático.....Todo esto es
cierto pero también es importante que el Estado aborde los temas sociales
sin fijarse o limitarse en lo que es bueno para un grupo social y malo para
otro. El Estado está en la obligación de abordar estos temas pensando en lo que
es mejor para todos sus ciudadanos y tomando en consideración que los derechos
son para todos y que garantizar derechos a un grupo si y a otro no es
discriminar. claro está, esto seria así
siempre y cuando los derechos sean iguales para todas las personas. Lo que
no es comprensible para mí es que en un país se pretenda seguir legislando en
base a elementos moralistas y cristianos y no en base a las leyes.
Es necesario que se debata, se hable, se converse
mas sobre el matrimonio en parejas del mismo sexo....Los Grupos LGBT tienen un
enorme trabajo por delante....Los hacedores de leyes también; Pues en el caso del matrimonio en parejas del
mismo sexo, el problema no será convencer, sino tendremos que educar, sensibilizar,
desmitificar y concientizar a todo un país, incluyendo a personas LGBT que
rechazan el matrimonio en parejas del mismo sexo.
Por ejemplo cuando mis amigos/as decían que en
Estados Unidos gano el amor, siempre
estuve en desacuerdo, pues más que el amor entiendo que se reconocieron
derechos civiles, se reivindicó un derecho que se les había negado a las
personas LGBT desde hace mucho tiempo.
En relación al matrimonio entre parejas del mismo
sexo es importante entender que La posibilidad de casarse y de formar una
familia son derechos humanos
fundamentales que no se limitan a las parejas heterosexuales.
Algunas razones por la cual el matrimonio entre
parejas del mismo sexo, es necesario:
·
El matrimonio entre personas del mismo sexo es
un derecho, que aun es negado en muchos países.
·
El matrimonio entre personas del mismo sexo, no es una decisión de las mayorías, sino que es
un derecho; por tanto no es necesario hacer un referendum, pues los derechos,
son simplemente derechos y son para todas y todos.
· El matrimonio al ser un derecho, nos permite
proteger a nuestra pareja legalmente.... En algunos países además del
matrimonio, se encuentran actas de convivencia, constancia de
concubinato....Muchas personas LGBT ante la muerte de uno/a de los/as miembros/as
de la pareja se han quedado con una mano alante y otra atrás, pues la familia
del/a muerto/a se quiere apoderar, y lo han logrado, de todos los bienes....,
· El matrimonio entre parejas del mismo sexo amplía derechos sin afectar a
nadie,.... O sea que el matrimonio entre parejas del mismo sexo no le quita
derecho al matrimonio en parejas heterosexuales, sino mas bien que reconoce
derechos que habían negado.
·
Nos permite hacer público el vínculo jurídico que
nos une como pareja
·
Nos proporcionara legitimidad ante la sociedad
·
Nos da la posibilidad de formar una sociedad
patrimonial
·
Nos da protección bajo la seguridad social.
El acto político más importante que podemos
hacer las personas LGBT, es salir del closet. (Jovanny Espino)
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